Requisitos para poder solicitar ayuda del Plan PIVE 3


¿Qué condiciones tendrás que cumplir para acogerte al plan de ayudas?

Los vehículos tanto de la categoría M1 (turismos de como máximo 9 plazas, conductor incluido) como los pertenecientes a la categoría N1 (comerciales ligeros de máximo 3´5 toneladas) tendrán que ser nuevos y estar matriculados en España.

Las condiciones para poder acceder las ayudas del Plan PIVE 3 y obtener un descuento de como mínimo 2.000 euros en la compra de un vehículo nuevo más eficiente son las siguientes:

Características generales del Plan PIVE 3:

CONCEPTO PLAN PIVE 3
Presupuesto 70.000.000 euros
Ayuda pública
  • 1.000 euros en casos generales
  • 1.500 euros para familias numerosas
Vigencia 29 de julio de 2014 o hasta agotar el presupuesto
Nº de vehículos que serán renovados Entre 65.000 y 70.000
Vehículos subvencionados Vehículos nuevos
Vehículos adquiridos con el Plan
  • Turismos (M1) gasolina o diésel, clasificados como A o B.
  • Turismos de GLP, GN y Comerciales, con emisiones inferiores a 160 g/km.
  • Vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida.
  • Turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones iguales o inferiores a 120 g/km, clasificados como A, B, C o D.
  • Turismos (M1) con más de 5 plazas, clasificados como A, B o C, cuyo beneficiario sea una familia numerosa.
Límites en el precio de compra
  • 25.000 euros
  • 30.000 euros para turismos de más de 5 plazas adquiridos por familias numerosas.
Antigüedad de vehículos achatarrados
  • Turismos (M1) de más de 10 años, matriculados en España.
  • Comerciales (N1) de más de 7 años, matriculados en España.
Concesionarios adheridos
  • Los concesionarios adheridos al Plan PIVE 2, serán automáticamente incorporados al PIVE 3.
  • Los concesionarios no adheridos al Plan PIVE 2, seguirán el procedimiento indicado en las bases reguladoras del PIVE 3.
Gestión de solicitudes
  • Mismo procedimiento de gestión que con el Plan PIVE 2, el punto de venta opera directamente en la aplicación del programa.
  • No será necesario el envío de la ficha de solicitud en formato papel.

Baja definitiva en Tráfico (DGT) y Certificado de Destrucción:

Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico, mediante certificado de achatarramiento/destrucción por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez años (M1) o de siete años (N1) respectivamente, desde su primera matriculación.

Puesto que se requiere gestionar la baja definitiva del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) será imprescindible que el mismo esté matriculado en España.

Sin obligaciones pendientes

Por último, el beneficiario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. Este hecho será acreditado mediante la declaración responsable que suscribirá junto con la solicitud de la ayuda.


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